1er Semestre - Constitucional I
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USM - 1er Semestre
Aspectos del Territorio
Es un ámbito en el
que se desarrollan actividades humanas, siendo la aviación una de ellas. Donde
está contenido el aire. Es fijo. Hasta 44km de altura.
M.T: Mar territorial: 12mn
El hombre como persona: Todo ente susceptible de tener deberes y derechos.
El acto que ejecuta un hombre por cuenta del Estado, es un acto y función del propio Estado, debido a una imputación normativa.
Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional.
Según su estructura:
*********** FIN TEMA 3 ************
A PARTIR DE AQUI 2do. PARCIAL --->
** TEMA 4 - LA SOBERANIA (TRABAJO) **
** EMPIEZA TEMA 5 - FORMAS DEL ESTADO **
El Estado Unitario: Es la forma mas simple de Estado. Se basa en que el Poder del Estado es uno solo, su elemento humano tambien es unico, y en cuanto a su territorio que es bastante limitado, solo tiene linderos internacionales o fronteras ya que internamente no se encuentra dividido en provincias y aun menos en parroquias.
Estados Descentralizados: En virtud a evitar una concentracion de Poder muy grande por parte del Estado, se inicia una descentralizacion del mismo mediante la creacion de una pluralidad de organos con decision propia y suficiente autonomia para prestar todos los servicios publicos, pero a la vez con una dependencia que impida atentar contra el caracter unitario del Estado.
Estados Compuestos: Pueden ser simples uniones personales de de Estados hasta el mas complejo como lo es el Estado Federal.
Estado Federal: Es la reunion de dos a mas estados soberanos libres e independientes que se unen, que se asocian mediante un lazo federativo de asociacion para crear una nueva unidad estatal llamado estado federal.
Caracteristicas:
1) El Supuesto Juridico es un lazo federativo.
2) Existe una constitución federal y cada estado miembro tiene su propia constitución la cual no puede colidir con la Constitución Federal.
3) Existe un ordenamiento jurídico federal y un ordenamiento jurídico estadal.
4) Existe una corte suprema federal y cada estado miembro de la federacion tiene su corte suprema.
5) Si un estado miembro se segrega o separa de la federación, la misma se destruye.
Confederación de Estados: Es la reunión o asociación de varios estados soberanos libres e independientes que se unen para perseguir un objetivo común tales como:
1) El comercio
2) La defensa mutua.
Ejemplo de paises confederados: Los Emiratos Arabes Unidos o La alianza ocurrida en la 2da guerra mundial de Italia, Alemania y Japon.
Caracteristicas:
1) El supuesto juridico es un tratado o convenio internacional.
2) Cada estado miembro sigue siendo soberano en todo aquello que no forme parte del tratado o convenio internacional.
3) Existe un congreso denominado DIETA que esta conformado por Ministros o Embajadores plenipotenciarios, quienes actúan con el carácter imperativo que les pauta el gobierno. Las decisiones de la Dieta se toman por mayoría y son de obligatorio cumplimiento para los estados miembros una vez que el embajador o ministro asi se lo notifique al gobierno. Y de manera mediata para los ciudadanos hasta tanto el poder legislativo de cada estado miembro legible al respecto.
4) Si un estado miembro se segrega o separa, la confederacion no se destruye.
Diversas formas de gobierno:
Existen tres formas de gobierno.
Directo, Semi-Directo y Representativo.
Directo: es aquel donde el pueblo participa de viva voz sin intermediarios en las decisiones que ha de tomar el funcionario.
Semi-directo: es cuando el pueblo participa para aprobar o rechazar una proposicion tomada previamente por el funcionario. Es lo que se conoce como Referendum.
Representativo: es cuando el pueblo no participa para nada en las decisiones que ha de tomar el funcionario publico, ya que este las ejecuta de conformidad a la constitucion y leyes.
Caracteristicas del sistema presidencialista:
1) Existe una clara separación de los poderes (art. 136 de la CRBV)
2) El Presidente de la República es elegido por el pueblo.
3) El Presidente de la República es el jefe de gobierno y del estado a la vez.
4) El Presidente de la República designa a sus ministros, quienes son responsables ante el y la reunión del Presidente, del jefe del Estado, del jefe de gobierno y los ministros se denomina GABINETE EJECUTIVO.
5) Si cae el Jefe del Estado, significa que cayo el presidente de la república.
6) El órgano jurisdiccional actúa de manera independiente.
Características del sistema parlamentarista:
1) Debe existir una estrecha colaboración entre el órgano ejecutivo y el legislativo para que funcione el gobierno.
2) En aquellos países donde existe Presidente, ese es elegido por el pueblo.
3) El jefe de gobierno es una persona llamada Primer Ministro y el Jefe de Estado es otra persona llamada Presidente o Rey según sea el caso. (Inglaterra usa la figura de Rey en este caso)
4) El Primer Ministro designa a sus ministros quienes son responsables ante el y la reunión del Primer Ministro con sus ministros se denomina Gabinete Ejecutivo.
USM - 1er Semestre
Derecho Constitucional I
Prof.: Cesar Osio
Nota final: 19
Nota final: 19
Tema Nº 1
- Determinación Analítica del conocimiento del Estado
El Estado
Elementos necesarios para establecer
un Estado
a) Territorio
b) Población
c) Estado
Aspectos del Territorio
a) Aspecto Positivo: Toda persona
que ingrese al territorio de un Estado, queda sometido al poder y ordenamiento
jurídico de ese Estado.
b) Aspecto Negativo: Ninguna persona
puede ejercer funciones de autoridad si el estado no lo designa o reviste.
Población: Agrupación humana fijada por
fronteras en un área determinada.
Pueblo: Es el producto de la historia que
ha unido por nexos íntimos a los hombres, como lo son la religión, el idioma,
una cultura específica y una idiosincrasia que el paso de los años ha venido
formando y amoldando por sucesivos matrimonios hasta llegar a tener su propio
fisionomía, su propia conciencia y una cultura también propia. Cada pueblo
tiene su propio cuerpo físico que es totalmente diferente de otro el cual se
mantiene mediante la reproducción natural.
La Nación: Un conjunto de hombres que,
hablando una misma lengua, se acomodan a las mismas costumbres y se hallan
dotados de las mismas cualidades morales que los diferencian de otros grupos de
igual naturaleza.
Otro concepto: Grupo de población
fijados en el suelo, unidos por un lazo de parentesco espiritual que
desenvuelve el pensamiento de la unidad del grupo mismo.
El
Territorio:
Espacio físico donde el estado va a ejercer el poder y el cual se encuentra
delimitado por fronteras, ya sean naturales (llamados accidentes geográficos) o
convencionales producto de los tratados o convenios internacionales. (pueden
usarse estantillos o mojón itinerario para demarcar un territorio de otro y
separarlo)
Otro concepto: Es el espacio donde
se levanta y tiene asiento la comunidad del Estado.
La propiedad de nuestro territorio
se establece mediante el Uti Possidetis juris, una expresión latina que corresponde a
un tipo de interdicto o medio de proteger al poseedor de buena fe, hasta prueba
en contrario, de quien alegue mejor derecho. Este término latino significa: así
como poseéis seguirás poseyendo.
Territorio Flotante: Prolongaciones de cualquier Estado en el mundo.
Espacio Aéreo: Todos los países
tienen una soberanía completa y exclusiva sobre el espacio de aire que se
extiende por encima de su territorio y las aguas territoriales adyacentes.
Otro concepto: Espacio aéreo
es una porción de la atmósfera terrestre, tanto sobre tierra como sobre agua,
regulada por un país en particular.
Mar
Territorial
M.T: Mar territorial: 12mn
Z.C: Zona contigua: 12mn
Zona económica exclusiva: 200mn
incluye la Z.C.
Mar Territorial: El mar territorial es el sector del océano en el que un Estado ejerce plena soberanía, de igual forma que en las aguas interiores de su territorio.
Plataforma Continental: Es la prolongación del territorio continental de un Estado que se sumerge en el mar mediante un suave declive que varía según la conformación geológica del continente, siendo más estrecha cuanto más estrecha sea la costa adyacente hasta llegar aproximadamente a las 200mn.
Plataforma Continental: Es la prolongación del territorio continental de un Estado que se sumerge en el mar mediante un suave declive que varía según la conformación geológica del continente, siendo más estrecha cuanto más estrecha sea la costa adyacente hasta llegar aproximadamente a las 200mn.
Zona
contigua: Aquella franja de mar que comienza
donde termina el mar territorial y empieza el mar libre el cual es de
12mn de extensión y este se calcula desde la línea de más baja
marea.
Su finalidad es de vigilancia marítima y
resguardo de los intereses de la Republica
Zona Económica
Exclusiva: Es el área que se extiende más allá de la zona contigua sobre la
cual el Estado se reserva derechos exclusivos de soberanía para la exploración,
explotación, conservación y administración de los recursos naturales de toda
especie. Su extensión alcanza hasta las 200mn incluyendo la zona contigua.
********************** FIN TEMA 1 ************************
Tema Nº 2 - La
Personalidad Jurídica del Estado.
El hombre como persona: Todo ente susceptible de tener deberes y derechos.
Persona es todo ente susceptible de
ser sujeto activo o pasivo –pretensor u obligado—en una relación jurídica.
Personalidad: Aptitud que poseen las personas. Es
la cualidad de ser persona, o sea, la aptitud para ser titular de derechos o
deberes jurídicos.
Sujeto de
Derecho: Para el Derecho los únicos sujetos
de derecho son las personas, que pueden ser de existencia ideal o de existencia
visible. Se considera sinónimo de Persona.
Pueden ser:
- De existencia visible, naturales o personas físicas.
- De existencia ideal, persona jurídica o personas morales.
Código Civil de Venezuela
Art. 16 - Todos los Individuos de la
especie humana son personas naturales
Art. 19 - Son Personas
Jurídicas y por lo tanto, capaces de derechos y obligaciones:
1) La Nación y las Entidades
políticas que la componen:
2) Las Iglesias, Las Universidades y
en general todos los cuerpos morales de carácter público.
3) Las asociaciones, corporaciones y
fundaciones licitas de carácter privado. La personalidad la adquieren al
protocolizar el acta constitutiva.
....
Clasificación
de las Personas: Naturales
y Jurídicas (Morales)
El Estado puede ejercer bajo la
misma figura jurídica Poder y Persona. Ejemplo: una demanda a un proveedor por
estafa por una entrega de materiales distintos a los cotizados y aprobados.
Toda Hombre es Persona pero no toda
Persona es Hombre.
Persona
Jurídica: Todo sujeto creado
artificialmente capaz de tener un patrimonio.
Otro concepto: Un ente que no siendo
hombre o persona natural, es susceptible de adquirir derechos y contraer
obligaciones.
Otro concepto: Asociaciones o
instituciones formadas para la consecución de un fin, y reconocidas por el
orden jurídico como sujetos de derecho.
Teoría de
la Ficción: Todo es
ficticio en el concepto de la persona jurídica o moral. Estos pretendidos seres
no son siquiera personas.
A esta Teoría de la Ficción podemos
decir: El concepto de persona es más amplio que el del hombre, ya sabemos que
hay personas que no son hombres y el legislador tiene la libertad de
concederles la capacidad jurídica o de negársela, así como también de
reconocerles ciertos derechos.
Teoría
Orgánica: Esta teoría parte del principio
siguiente: "El concepto de persona no coincide con el de Hombre,
sino con el de sujeto de derecho, por lo que no se excluye que existan
sujetos de derecho que no sean hombres". Por lo tanto no se necesita ser
hombre para ser persona.
Las sociedades industriales,
mercantiles, artísticas, científicas, etc. no son simples objetos de la
fantasía, allí los tenemos, existen, son personas jurídicas y en ellas se
encuentran comprendidas las otras.
El Estado
como Persona Jurídica:
Basta la existencia de un Estado
para que de hecho y de derecho ya sea Persona Jurídica. Y no solo es persona
jurídica, sino la primera Persona Jurídica, de aquí la soberanía del Estado.
Se divide en:
a) Personas Jurídicas Públicas
- Los Estados, Los Municipios, Los institutos autónomos y otras instituciones del estado.
b) Personas Jurídicas Privadas
- Asociaciones, Las corporaciones, partidos políticos, las universidades, las Iglesias, etc.
La
personalidad jurídica del Estado:
El Estado sigue subsistiendo a pesar del cambio constante de sus hombres. No
son estos los que actúan, es el Estado quien se vale de ellos para actuar.
Ejemplo: Si se lleva a efecto un tratado con otro país, este no se hace
con el Presidente de la Republica sino con el Estado, y este es el responsable
de tal tratado, sin tomar en cuenta al gobernante que se encuentre de turno.
El acto que ejecuta un
hombre por cuenta del Estado, es un acto y función del propio Estado, debido a
una imputación normativa.
Estado
Poder y Estado Persona:
El Estado es una persona y solamente una. Por eso la personalidad
del Estado es única, es singular. "solo el ámbito en que se mueve es
plural".
Existe una doble capacidad del
Estado según sea el carácter de su actuación.
Estado
Poder: como estado poder se manifiesta a
través del Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cuando se encuentra en
ejercicio de funciones públicas, donde se presenta con toda su Potestad y ante
el cual no puede haber otro superior, ni siquiera igual a él.
Las funciones públicas
comprenden:
a) Las de creación: creadoras de
Derecho objetivo: Actos legislativos y reglamentarios
b) Las de ejecución: aplicación
individualizada, actos administrativos y judiciales.
Estado
Persona: El Estado Persona puede realizar
actos o transacciones patrimoniales al igual que los ciudadanos entre sí o las
personas jurídicas privadas. En este caso, ya el Estado se ha bajado de
las alturas del Poder y se encuentra a nuestro nivel para desempeñarse como un
ciudadano cualquiera o una persona jurídica privada, y al igual que ellas,
rigiéndose por las normas del Derecho privado y dirimiendo sus diferencias ante
los Tribunales ordinarios.
El Estado Poder ejerce actos de
autoridad y el Estado Persona ejerce actos de gestión.
********************** FIN TEMA 2 ************************
Tema Nº 3
- Los Órganos del Estado
Los Órganos
del Estado: Son los
medios o instrumentos de que se vale la Persona Jurídica Estado para realizar
una determinada función estatal.
El Estado entonces crea leyes
mediante sus órganos legislativos, gobierna a través de sus órganos ejecutivos
y aplica la justicia mediante sus órganos judiciales.
Teoría de
la Representación (Teoría del Órgano del Estado):
El acto que ejecuta un hombre por cuenta del Estado, es un acto y función del propio Estado, debido a una imputación normativa.
Teoría Orgánica: Aquí no se observa representación.
En la representación existen dos personas diferentes, el representante y el
representado, y las actuaciones jurídicas del representante inciden
indirectamente en el representado, lo cual es inconcebible. No se trata de una acción
de representación, sino de voluntad y acción del órgano.
No existe nada bilateral entre el
ente público y sus órganos, ya que uno y otro son una sola cosa, un solo cuerpo
que no actúa por medio de nadie, que no necesita ninguna representación porque
se vale por sí mismo. Y siendo el Estado y sus órganos una sola cosa, no
necesita dar órdenes a terceros para sus actuaciones. El Estado actúa, no por
medio de representantes, sino a través de sus órganos, que son parte integral
de su propia constitución.
Ampliar lo siguiente:
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Sujeto Titular
del Órgano: En el órgano
se distinguen dos elementos.
1) El Órgano individuo: la persona o
personas que expresan la voluntad del pueblo, Este puede ser el Presidente de
la Republica, un Ministro, Juez, La Corte Suprema de Justicia o el Congreso Nacional.
Los órganos individuos son transitorios y cada órgano individuo actúa dentro de la competencia del respectivo órgano institución
Los órganos individuos son transitorios y cada órgano individuo actúa dentro de la competencia del respectivo órgano institución
2) Órgano institución: el complejo
de atribuciones, competencias y poderes que individualizan al órgano dentro de
la estructura del Estado. La Presidencia de la Republica, el Ministerio de
Justicia, el Poder Legislativo, el Poder Judicial.
El órgano institución es inseparable de la persona jurídica y forma parte de su propio ser.
El órgano institución es inseparable de la persona jurídica y forma parte de su propio ser.
Así podemos observar que existe un
Presidente y una Presidencia, un Ministro y un Ministerio, Juez y Tribunal.
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Artículo 136. El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional.
El Poder Público Nacional se divide
en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada
una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los
órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización
de los fines del Estado.
Clasificación
de los Órganos:
Según
su posición jerárquica:
Constitucionales o Supremos: Los
Constitucionales son aquellos de mayor jerarquía. Ya que han sido creados
directamente por la Constitución; por lo que no puede haber ni hay otros
superiores a estos. Pero ellos entre si tienen la misma jerarquía y guardan
entre si una relación de paridad jurídica. Estos son:
a) La Presidencia del Estado
b) Las Cámaras Legislativas
c) La Corte Suprema de Justicia
Estos se consideran los
superiores en el Estado.
Dependientes o Subordinados:
Según su estructura:
a) Simples o Individual: es el
que realiza unilateralmente una función, es decir: Que expresa la
voluntad del Estado sin el concurso de ningún otro órgano.
Ejemplo: El Presidente de la
Republica, a un Ministro, etc.
b) Complejos: Son un conjunto de órganos
simples unidos para cumplir su cometido.
Ejemplo: Las Cámaras Legislativas,
El Consejo de Ministros. El Poder Ciudadano que está compuesto de la Fiscalía,
La Defensoría del Pueblo y La Contraloría.
Según
el carácter de sus titulares:
a) Individuales: Según las
atribuciones que tengan, la función podría ser de un solo hombre como lo sería
un Ministro en el cual ejerce sus funciones correspondientes.
b) Colegiados: Pluralidad de
Individuos como lo sería un Consejo de Ministros, que al
reunirse los Ministros con el Presidente de la Republica, constituyen un órgano
colegiado. Como lo es también la Corte Suprema de Justicia o La
Asamblea Nacional.
Según su
esfera de acción:
a) Internos: Aquel que agota
su actividad dentro del mismo órgano, sin trascender a la colectividad o al público.
Ejemplo: La división de
asuntos internos de la policía la cual investiga a un agente policial y
responde al mismo órgano.
b) Externos: Es aquel que está en
contacto permanente con la colectividad.
Ejemplo: Las Notarías, Registros
Mercantiles, el Sebin, Registros Civiles, etc.
Según la
naturaleza de las atribuciones:
a) Activos: Son los que forman o
contribuyen a formar la voluntad de la entidad jurídica, o bien están
encargados de manifestar es voluntad o de ejecutarla.
b) Consultivos: No adoptan ni
ejecutan decisiones ni en forma alguna realizan manifestaciones de voluntad,
sino de inteligencia; ilustran con sus dictámenes el criterio de los órganos
activos.
c) De Control: Tienen por misión
asegurar la regularidad de los actos de los órganos activos, tanto en el
aspecto de su legitimidad como de su sinceridad.
Elementos
del Órgano:
1) El Órgano Propiamente dicho
(ver Art. 136 de la CRBV)
2) El Sujeto: Persona física
que pone en movimiento al órgano.
3) La Competencia: Ámbito donde el órgano
se va a desenvolver. (Art. 136, División vertical del poder:
Poder Nacional, Poder Estadal, Poder Municipal)
4) La Función: Conjunto de
Atribuciones que posee el sujeto titular del órgano que le han sido atribuidos
por este (órgano).
Jerarquía
de los Órganos:
Las Salas que estructuran al Máximo Tribunal de la República son
siete (7). Cada una de ellas está integrada por cinco (5) Magistrados o
Magistradas, a excepción de la Sala Constitucional que la conforman siete (7)
Magistrados o Magistradas. El Tribunal Supremo de Justicia en Pleno está
constituido por los treinta y dos (32) Magistrados o Magistrados de las seis
(6) Salas.
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*********** FIN TEMA 3 ************
A PARTIR DE AQUI 2do. PARCIAL --->
** TEMA 4 - LA SOBERANIA (TRABAJO) **
** EMPIEZA TEMA 5 - FORMAS DEL ESTADO **
El Estado Unitario: Es la forma mas simple de Estado. Se basa en que el Poder del Estado es uno solo, su elemento humano tambien es unico, y en cuanto a su territorio que es bastante limitado, solo tiene linderos internacionales o fronteras ya que internamente no se encuentra dividido en provincias y aun menos en parroquias.
Estados Descentralizados: En virtud a evitar una concentracion de Poder muy grande por parte del Estado, se inicia una descentralizacion del mismo mediante la creacion de una pluralidad de organos con decision propia y suficiente autonomia para prestar todos los servicios publicos, pero a la vez con una dependencia que impida atentar contra el caracter unitario del Estado.
Estados Compuestos: Pueden ser simples uniones personales de de Estados hasta el mas complejo como lo es el Estado Federal.
Estado Federal: Es la reunion de dos a mas estados soberanos libres e independientes que se unen, que se asocian mediante un lazo federativo de asociacion para crear una nueva unidad estatal llamado estado federal.
Caracteristicas:
1) El Supuesto Juridico es un lazo federativo.
2) Existe una constitución federal y cada estado miembro tiene su propia constitución la cual no puede colidir con la Constitución Federal.
3) Existe un ordenamiento jurídico federal y un ordenamiento jurídico estadal.
4) Existe una corte suprema federal y cada estado miembro de la federacion tiene su corte suprema.
5) Si un estado miembro se segrega o separa de la federación, la misma se destruye.
Confederación de Estados: Es la reunión o asociación de varios estados soberanos libres e independientes que se unen para perseguir un objetivo común tales como:
1) El comercio
2) La defensa mutua.
Ejemplo de paises confederados: Los Emiratos Arabes Unidos o La alianza ocurrida en la 2da guerra mundial de Italia, Alemania y Japon.
Caracteristicas:
1) El supuesto juridico es un tratado o convenio internacional.
2) Cada estado miembro sigue siendo soberano en todo aquello que no forme parte del tratado o convenio internacional.
3) Existe un congreso denominado DIETA que esta conformado por Ministros o Embajadores plenipotenciarios, quienes actúan con el carácter imperativo que les pauta el gobierno. Las decisiones de la Dieta se toman por mayoría y son de obligatorio cumplimiento para los estados miembros una vez que el embajador o ministro asi se lo notifique al gobierno. Y de manera mediata para los ciudadanos hasta tanto el poder legislativo de cada estado miembro legible al respecto.
4) Si un estado miembro se segrega o separa, la confederacion no se destruye.
** EMPIEZA TEMA 6 – REGÍMENES POLÍTICOS
**
Diversas formas de gobierno:
Existen tres formas de gobierno.
Directo, Semi-Directo y Representativo.
Directo: es aquel donde el pueblo participa de viva voz sin intermediarios en las decisiones que ha de tomar el funcionario.
Semi-directo: es cuando el pueblo participa para aprobar o rechazar una proposicion tomada previamente por el funcionario. Es lo que se conoce como Referendum.
Representativo: es cuando el pueblo no participa para nada en las decisiones que ha de tomar el funcionario publico, ya que este las ejecuta de conformidad a la constitucion y leyes.
Caracteristicas del sistema presidencialista:
1) Existe una clara separación de los poderes (art. 136 de la CRBV)
2) El Presidente de la República es elegido por el pueblo.
3) El Presidente de la República es el jefe de gobierno y del estado a la vez.
4) El Presidente de la República designa a sus ministros, quienes son responsables ante el y la reunión del Presidente, del jefe del Estado, del jefe de gobierno y los ministros se denomina GABINETE EJECUTIVO.
5) Si cae el Jefe del Estado, significa que cayo el presidente de la república.
6) El órgano jurisdiccional actúa de manera independiente.
Características del sistema parlamentarista:
1) Debe existir una estrecha colaboración entre el órgano ejecutivo y el legislativo para que funcione el gobierno.
2) En aquellos países donde existe Presidente, ese es elegido por el pueblo.
3) El jefe de gobierno es una persona llamada Primer Ministro y el Jefe de Estado es otra persona llamada Presidente o Rey según sea el caso. (Inglaterra usa la figura de Rey en este caso)
4) El Primer Ministro designa a sus ministros quienes son responsables ante el y la reunión del Primer Ministro con sus ministros se denomina Gabinete Ejecutivo.
** EMPIEZA TEMA 10 – LA CONSTITUCION**
Concepto: La constitución es el acta
fundamental de un estado. Es donde están consagrados los derechos, deberes y garantías
de los ciudadanos, así como la organización, estructuración y funcionamiento de
los poderes u órganos superiores del estado.
Diversos
tipos de Constitución:
Material: esta tiene dos acepciones en
sentido amplio o Lato sensu o en sentido restringido, strictu sensu.
-
Amplio: Se refiere a los deberes,
derechos y garantías
-
Restringido: Se refiere a los órganos
superiores del estado.
La Constitución de Venezuela es material
y está contenida en ambas acepciones.
Flexible:
No requiere de ningún procedimiento especial para su enmienda o reforma.
Ejemplo La Constitución Inglesa.
Formal
Rígida: Aquella
que requiere de un procedimiento especial para poder ser reformada.
Constitución
escrita: Es aquella constitución cuyos
principios fundamentales de un Estado se hayan recogidos en un solo texto y
consta de 3 partes. Preámbulo, parte Dogmática, parte Orgánica.
Constitución
Consuetudinaria: Es aquella cuyos
principios fundamentales no se hayan en un solo texto, sino de manera dispersa.
Tales como las convenciones constitucionales, los documentos constitucionales y
el derecho común.
Imbeterata consuetudo: retención constante
de un hecho en el tiempo.
La Costumbre
Opino
iuris necessitatis: La necesidad que
tiene el pueblo de que eso se convierta en ley.
Ver art. 550
y 1612 del C.C.
Constitución
impuesta: Es cuando el pueblo le arranca con
violencia al gobernante determinados derechos y libertades y este las concede.
Ej. La Carta Magna
Constitución
Pactada: Es cuando un gobernante le concede a
sus súbditos determinados derechos y libertades sin que estos los hubieren
pedido. Ejemplo: La constitución española en la época de Fernando VII.
Constitución
Petrea o de Roca: Es aquella cuyos
principios permanecen incólumes o inalterables en el tiempo y solo mediante
enmienda se adaptan a la nueva realidad social sin ser modificados dichos artículos.
Ejemplo: La constitución de los EEUU.
Todas requieren de un procedimiento para ser
elaboradas.
Principio de La Técnica constitucional: El
constituyente al momento de elaborar una constitución, ha de tomar en cuenta lo
siguiente:
11) Adecuación a la realidad institucional: La Constitución
tiene que ser adecuada para ese Estado determinado, no pudiendo copiarse de
modelos extranjeros.
22) La Estabilidad: La Constitución tiene que ser
elaborada para que perdure en el tiempo.
33) Fundamentalidad: Toda Constitución debe tener
los pilares fundamentales por medio del cual el Estado debe existir. (órganos
del estado)
44) Flexibilidad: Mecanismo por medio del cual…
55) Prudencia: Significa que el constituyente no
debe concederle demasiado poder al pueblo ni demasiado poder al gobernante
porque ambos extremos son peligrosos.
66) Claridad y concisión: Toda Constitución debe
ser de claro y simple entendimiento por parte de cualquier ciudadano o
ciudadana.
Muy buena tu pagina pero deberias colocar los temas completos osea todo lo que esta en el temario asi seria de mas ayuda !
ResponderEliminarexcelente tema del Estado
ResponderEliminarExcelente. Felicidades.
ResponderEliminarExcelente. Felicidades.
ResponderEliminarExcelente. Es una completa guía del Estado. Felicidades.
ResponderEliminarExcelente. Es una completa guía del Estado. Felicidades.
ResponderEliminarGracias por la información
ResponderEliminarBuena informacion
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