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6to Semestre - Teoria del Proceso

Tema 7 - La Acción y la Excepción en el Proceso Civil Concepto de Acción: Es el derecho abstracto de obrar que puede ser individual o difuso de acudir a un órgano jurisdiccional. No es un derecho subjetivo. Es un poder jurídico. Otro concepto: Es el derecho de acceder a la Justicia con una tutela judicial efectiva. Art. 16 CPC: Para proponer la demanda el actor debe tener un interés jurídico actual. El Fundamento del derecho de acción lo encontramos en el Art. 26 de la CRBV. (Acceso a la Justicia). Características : 1) Es un derecho subjetivo o abstracto. 2) Es de carácter publico 3) Es autónomo. No tiene que ver con otro poder. 4) Busca la realización del proceso. La excepción: Son las defensas que tiene el demandado. Es el poder jurídico del que se haya investido el demandado o imputado y que le habilita para oponerse a la acción promovida contra el La reconvención es una excepción. Es un tipo de defensa. Tipos de excepciones: - Dilatorias o cuestiones previas...

6to Semestre - Derecho Administrativo IV

Guía de Estudio de Derecho Administrativo IV – Prof. Osiris Villalobos Tema 1 – De la Jurisdicción Contencioso Administrativo Artículo 259 CRBV: La jurisdicción contencioso administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos; y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para: 1) ANULAR los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación ...